La alcaldesa de Mijas, Ana Mata, ha sido la encargada de presentar hoy la nueva línea de ayudas por nacimiento, adopción o acogimiento puesta en marcha por el equipo de gobierno. Se trata de una prestación pionera, para la que el Ayuntamiento destinará un montante de 100.000 euros.
La regidora ha hecho hincapié en que con estos apoyos económicos se pretende ayudar a las familias mijeñas ofreciendo una prestación inédita hasta ahora. Además, ha subrayado que la ayuda tiene un carácter de prestación económica de apoyo familiar y no es necesario justificar el gasto concreto, ya que están destinadas a cubrir necesidades iniciales.
“Es una nueva línea de ayudas que originamos por primera vez en nuestro municipio con el objetivo de ayudar a las familias. Creemos que con ellas podemos ayudar en esos momentos iniciales, como el nacimiento de un bebé, una acogida o una adopción. Anunciamos estas subvenciones y las cumplimos”, ha indicado Ana Mata.
En concreto, podrán ser beneficiarios las personas progenitoras, adoptantes o acogedoras que cumplan una serie de requisitos: que el nacimiento, adopción o acogimiento se haya producido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025; estar empadronados en Mijas con una antigüedad mínima de cinco años; convivir con el menor en un domicilio de Mijas en la fecha de presentación de la solicitud; estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social; y no estar incursas en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003.
Por cada menor se entregará una cuantía económica de 300 euros, tal y como ha indicado la regidora. En el caso de los nacimientos múltiples, adopciones de más de un menor o acogimiento de varios se concederá la cuantía por cada niño y niña.
Plazos
Mata también ha informado de que el plazo de solicitud de esta nueva línea económica abrirá el día 20 de agosto y estará vigente hasta el 10 de septiembre. Los interesados podrán presentar la documentación mediante la sede electrónica (www.mijas.es) o en los registros de entrada municipales ubicados en el Ayuntamiento y en las Tenencias de Alcaldía.
Se deberá aportar una copia del DNI/NIE del solicitante, libro de familia, resolución judicial o administrativa de adopción o acogimiento; certificado de empadronamiento histórico colectivo; documento acreditativo de cuenta bancaria; y en su caso, certificado de discapacidad del menor objeto de la ayuda o del hermano excluido en los que motivan la solicitud (igual o superior al 33%).















