El Ayuntamiento de Mijas ha abierto hoy el plazo de presentación de solicitudes para las subvenciones destinadas a las entidades sociales del municipio correspondientes al actual ejercicio 2026. Se trata de una convocatoria dotada con 850.000 euros y regulada por concurrencia competitiva. Los fondos económicos se podrá solicitar hasta el próximo 19 de noviembre incluido, a través de la sede electrónica municipal.
En concreto, los 850.000 euros consignados para esta convocatoria se reparten en cuatro líneas diferentes. La línea 1 es de subvenciones para el desarrollo de proyectos cuya finalidad sea la inclusión social o sociolaboral de colectivos vulnerables o en riesgo de exclusión social (dotado con 180.000 euros); la línea 2, para gastos corrientes y de mantenimiento de la actividad de las entidades sociales (360.000 €).
La línea 3 es para financiar proyectos dirigidos a mejorar las condiciones de vida de colectivos especialmente vulnerables por estar afectados por patologías, enfermedades, adicciones, o problemas o dificultades físicas o mentales (230.000 €); y la línea 4, para proyectos o programas de protección y prevención en materia de infancia y/o adolescencia (abandono escolar, atención y protección a menores en riesgo, actividades para jóvenes en situación de exclusión…).
Los criterios de baremación para la concesión de las subvenciones estarán relacionados, de forma general, con la calidad, claridad, coherencia y viabilidad técnica del proyecto; la experiencia, trayectoria y especialización de las organizaciones, en relación con los objetivos de cada subvención; el impacto social del proyecto; y el número de potenciales beneficiarios directos e indirectos de la actividad.
Cada entidad podrá presentar un máximo de una solicitud (y subvención) por línea, aunque excepcionalmente, en la línea 1, se podrá presentar un proyecto adicional cuando este tenga por objeto específico la prevención, atención e intervención social con personas sin hogar.
Cabe destacar que las subvenciones de esta convocatoria serán compatibles con cualquier otra ayuda, ingreso o recurso para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente público o privado, ya sea nacional, de la UE o de organismos internacionales.
Podrán ser beneficiarias todas aquellas asociaciones, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro que a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes cumplan los siguientes requisitos: estar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y Entidades del Ayuntamiento de Mijas; haber sido declaradas de Utilidad Pública Municipal; tener su ámbito de actuación en el municipio de Mijas; hallarse al corriente de las obligaciones fiscales con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y el Ayuntamiento de Mijas; y no estar en ningún supuesto de exclusión previsto en la Ley General de Subvenciones.
Será requisito imprescindible para acceder a la subvención que el proyecto o actividad a subvencionar tenga repercusión en el municipio de Mijas o beneficie a ciudadanos mijeños. Serán subvencionables únicamente aquellos gastos que se encuentren efectivamente realizados dentro del citado periodo, aunque su pago pueda efectuarse dentro del plazo de justificación previsto en cada caso en la presente convocatoria.
Las subvenciones de la presente convocatoria se rigen por la Ley General de Subvenciones y por la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Mijas, aprobada definitivamente el pasado 29 de octubre de 2025.














