
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena a un hombre por un delito continuado de robo en establecimiento comerciales de la provincia de Málaga, pero considera que no han quedado debidamente probados tres de los hechos por los que se le condenó, por lo que rebaja la pena de cinco a cuatro años y medio de prisión.
La Audiencia de Málaga consideró probado, según consta en la sentencia del alto Tribunal andaluz, que el encausado, con la intención de «obtener un beneficio o enriquecimiento ilícito», entró en seis establecimientos comerciales, cerrados al público en esos momentos, para robar.
Así, se consideró acreditado que en septiembre de 2023, procedió a forzar la persiana metálica de la entrada de un establecimiento de la capital y se apoderó de 1.800 euros, 100 equipaciones de trabajo y herramientas, que sólo se recuperaron de forma parcial ya que el acusado las vendió en un local de segunda mano.
Ese mismo mes, entró en otro local, tras romper la puerta principal del establecimiento, y se apoderó de 100 euros; mientras que de madrugada un día de principios de octubre, también «tras romper la verja metálica y la puerta de cristal de entrada» de una tienda, entró y se apoderó de 500 euros, dice la resolución.
Otro día entró en un establecimiento de donde se llevó seis camisetas del Málaga CF, un portátil, un Ipad y 300 euros y también días más tarde en otro local, de donde sustrajo 2.700 euros, un teléfono, un Ipad y una PDA, que fue recuperada en un establecimiento de segunda mano. Además, intentó robar en otro.
La Audiencia de Málaga consideró probado otros tres robos, en este caso en restaurantes, ocurridos a finales de octubre y en noviembre de dicho año 2023; pero ahora el alto Tribunal andaluz estima parcialmente el recurso de apelación de la defensa y le absuelve por estos hechos por lo que rebaja la pena inicial.
La Sala le condenó por un delito de robo con fuerza en las cosas de carácter continuado, con la agravante de reincidencia, por el que le impuso la pena de cinco años de prisión. Ahora, al absolverle el TSJA de tres hechos integrados en el delito continuado, se le impone cuatro años y medio de cárcel.
El Tribunal cuestiona la valoración probatoria de varios de los episodios delictivos por los que se siguieron las actuaciones, y considera que «se habría llegado a la conclusión condenatoria sobre una base acreditativa tan sumamente frágil que determinó una parcial vulneración del derecho a la presunción de inocencia del acusado».












